jueves, 23 de mayo de 2013

Sesiones Formativas de Entrenamiento de Porteros de Fútbol Base

NOTA INFORMATIVA DEL COMITÉ CÁNTABRO DE ENTRENADORES DE FÚTBOL DE LA FEDERACIÓN CÁNTABRA DE FÚTBOL.
ASUNTO: Sesiones Formativas de Entrenamiento de Porteros de Fútbol Base.
El Comité Cántabro de Entrenadores de Fútbol, en colaboración con la Escuela Cántabra de Entrenadores, organiza unas Sesiones Formativas de Entrenamiento de Porteros de Fútbol Base, a cargo de Pedro Alba, Profesor de Entrenamiento de Porteros de Fútbol en la Escuela Cántabra de Entrenadores, para aprovechar las tres sesiones (una teórica y dos prácticas) que impartirá en el Curso de Instructor de Fútbol Base (Nivel 1) que se está realizando en la Comarca de Campoo.
Distribución de los días:
La sesión teórica tendrá lugar el lunes 27 de mayo en la Escuela de Adultos de Matamorosa (situada al lado del C.P. Casimiro Sáinz), desde las 19:00 h. hasta las 22:00 h.
Las sesiones prácticas se desarrollaran el martes 28 y el jueves 30 en el Campo de San Francisco de Reinosa, desde las 19:00 h. hasta las 22:00 h.
Información:
-Dirigido a Entrenadores, Monitores, Preparadores Físicos y Directores de Escuelas de Fútbol Base.
-Plazas limitadas: 40
-Fecha límite de inscripción: antes de las 18:00 del 27 de mayo.
Inscripción:
-Cuota de inscripción gratuita para los Afiliados al Comité Cántabro: 20 € (el Comité de Entrenadores de la FCF subvenciona en un 100 % dicho coste, quedándose la cuota final en 0 €).
-Cuota inscripción No Afiliados al Comité Cántabro: 20 € (el Comité de Entrenadores de la FCF subvenciona en un 25 % dicho coste, quedándose la cuota final en 15 €).
Forma de Pre-Inscripción:
Mediante correo electrónico a la dirección de email cec.fcf@gmail.com, indicando Nombre y Apellidos; Titulación Federativa (Nivel); Equipo y categoría 2012/13; Dirección; Teléfono; Email.
Una vez comprobado que se cumplen los requisitos para la preinscripción se recibirá confirmación de la admisión para la jornada indicándole la forma de pago.
Lo que comunicamos para general conocimiento de los Clubes y Técnicos, y a los efectos oportunos.

Santander, 22 de mayo de 2013
COMITÉ CÁNTABRO DE ENTRENADORES

Ángel Martín González
Presidente
  


viernes, 10 de mayo de 2013

Licencia UEFA




COMITÉ NACIONAL DE ENTRENADORES R.F.E.F.
ESCUELA NACIONAL DE ENTRENADORES R.F.E.F.

OBTENCIÓN DE LICENCIA UEFA
PARA ENTRENAR EN EL EXTRANJERO

ACTUALIZACIÓN DE ENTRENADORES
  • España tiene firmado un convenio con UEFA sobre las licencias UEFA B, A, y Pro, desde 17/01/1998 y ratificado en esa misma fecha, en relación con la cualificación y reconocimiento de los Entrenadores de Fútbol en Europa.
  •  Reconociendo entonces UEFA a seis países en los que pudo comprobar la formación y su estructura. (España , Alemania, Francia, Italia, Holanda, y Dinamarca).
  •  Hoy se han incorporado más al crear sus centros de Formación Federativos (53 asociaciones UEFA).
  •  UEFA solo reconoce las formaciones realizadas bajo el control y supervisión de una Asociación Nacional afiliada.
                         
LA UEFA EN LA CONVENCIÓN SOBRE TITULACIONES TÉCNICAS (AÑO 2009), refleja: “Que es importante preservar y, si es posible, mejorar el nivel de los entrenadores Europeos mediante el Reciclaje es decir (Actualización y Formación Permanente), que debería ser parte integral de un completo sistema en el proceso educativo de los entrenadores”.
  • Esta medida obligatoria fue ratificada por la UEFA en el mes de abril de 2010, en un congreso celebrado en Florencia (Italia).
  • Este convenio, al ser uno de los países fundadores de la UEFA, es suscrito por la RFEF y reflejado en el reglamento.
  • Estatus de miembro de la convención de la UEFA sobre titulaciones técnicas a fecha 12 marzo 2012.
LA ESCUELA NACIONAL DE ENTRENADORES ES LA QUE TIENE QUE AUTORIZAR LAS ACTUALIZACIONES DE LAS LICENCIAS, SEGÚN EL REGLAMENTO FEDERATIVO:
· Art 23.-Competencias en el Título V. de la Escuela Nacional de entrenadores.
d) Expedir las Licencias UEFA B, A, y PRO de Fútbol, así como otras que en su momento puedan establecer UEFA / FIFA
·Art 154.-Apartado d) hace referencia a las categorías de los entrenadores en el mismo sentido del Art. 23 apartado d.
·Art 155.-Artículo 5 manifiesta claramente la potestad de la RFEF, para las titulaciones en el extranjero.
·Art 156.-Apartado c) “ Estar en posesión del Certificado de Actualización y Reciclaje, tanto para nivel internacional como para las competiciones nacionales”
Todas las licencias de UEFA B, A y PRO tienen validez de tres años, por lo que siguiendo la normativa indicada por UEFA todos los poseedores de las mismas tiene que realizar congresos, cursos, campus, jornadas o seminarios de Actualización para mantener dichas licencias y por consiguiente poder seguir entrenando.
           1.-Siempre que sean Organizados por los diversos Comités Territoriales de Entrenadores, se adjudicaran un número de puntos por cada hora; a quienes asistan con regularidad a las jornadas, congresos o cursos.
2.-Será necesario acumular en el citado período de tres años 15 horas, tiempo necesario para la actualización, e imprescindible para entrenar en cualquier competición gestionada por UEFA.

¿Que tiene conseguido España sobre este particular?
  • Todos los Técnicos españoles, formados en las Escuelas Territoriales de Entrenadores dependientes de las Federaciones, se encuentran cualificados y reconocidos por UEFA, en sus tres diferentes niveles.
  • Es por ello que los Técnicos españoles formados en la RFEF ó en las Federaciones de ámbito autonómico no tienen problema alguno para poder trabajar en el Fútbol europeo y mundial.
  • Siempre de acuerdo con la titulación que posea.
  • La Equivalencia en España que puede ser distinta en otros países es:
UEFA “B” -------------- NIVEL 1
UEFA “A” -------------- NIVEL 2
UEFA “ PRO” ---------- NIVEL 3

¿Exigencias de UEFA para que esta Licencia sea reconocida y se encuentre en vigor?
a).-Que sea renovada cada tres temporadas.
b).-Asistir a jornadas de actualización o reciclaje dentro de este periodo, 15 horas de formación convalidadas por el Comité de Entrenadores de la RFEF y la Escuela Nacional de Entrenadores.
c).-Las jornadas serán convocadas por la Escuela Nacional de Entrenadores y los Comités de Entrenadores, de las Federaciones de ámbito autonómico.
d).-Serán desarrolladas conjuntamente por el Comité de Entrenadores y la Escuela Nacional de la RFEF.

¿Que debe hacer un técnico para ir a entrenar al extranjero cuando tenga una oferta de trabajo de un equipo extranjero en cualquier categoría?
1.-Escrito remitido por una Federación Nacional indicando la necesidad de la Licencia UEFA para trabajar (Entrenar).
2.-Dirigirse a la Escuela Nacional solicitando certificación de equivalencia.
3.-Lógicamente dependiendo de la titulación que posea, B-1, A-2, PRO-3 (España).
4.-El entrenador interesado remitirá copia del Diploma Federativo y de la oferta de trabajo
5.-Desde la RFEF se enviará esta certificación solicitada a la Federación correspondiente, así como al Técnico interesado.

¿Qué tienen que hacer los Técnicos extranjeros que quieran entrenar en el Fútbol profesional español?
  • Si poseen licencia UEFA y actualización al día enviarán copia a la Escuela Nacional de Entrenadores de la RFEF, que les facilitara un certificado de equivalencia para el Comité Territorial de Entrenadores y su posterior colegiación.
  •  Si no poseen la citada licencia de UEFA, la reglamentación vigente es la siguiente:
   ·Art 161.-Del reglamento general de la RFEF.
         I.-Estar en posesión de Título equivalente al Nacional y haber ejercido, como titulares, en equipos de máxima categoría de Asociaciones Nacionales afiliadas a la FIFA, por tiempo no inferior a Tres temporadas.
              II.-Los requisitos que prevé el apartado anterior deberán certificarse por la Federación de origen la cual acreditara, además la no concurrencia de impedimentos para la contratación.
           III.-La autorización para el supuesto que prevé el presente artículo la otorgará la RFEF, previo informe del Comité de Entrenadores y aprobación por parte del “ JIRA Panel “ de UEFA.